La Asociación de Distribuidores de Gasóleo se forma sobre impuestos especiales

04/06/2019 - 12:05 Redaccion

Ha celebrado dos jornadas de formación impartidas por Natalia HIdalgo y Fernando Miguel.

La Asociación de distribuidores de gasóleo de la provincia de Guadalajara, ASADIGAS, integrada en CEOE-CEPYME Guadalajara, ha desarrollado dos jornadas informativas centradas en los impuestos especiales que este sector debe cumplir.

La primera de las sesiones se basó en “La nueva normativa de impuestos especiales: Siane y sílice. Venta en ruta y contabilidad de existencias”, donde Natalia Hidalgo, abogada especializada en impuestos especiales y derecho aduanero, mostró a los asistentes las especificaciones básicas del siane hidrocarburos, con su nuevo sistema de venta en ruta y avituallamientos, así como los nuevos documentos de circulación que se deben rellenar, como son el albarán de circulación, las notas de entrega o los comprobantes de entrega. Normativa que entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2019.

Hidalgo también expuso las modificaciones en el sílice, con la nueva contabilidad de existencias, una normativa que será de obligado cumplimiento a partir del 1 de enero de 2020.

Además de esto, la ponente también se refirió a las declaraciones de consumidor final de gasóleo bonificado e hizo un repaso de los últimos cambios en la ley y reglamento de los impuestos especiales desde el 1 de enero de 2019 para concluir con un repaso a las obligaciones CAE HF/HT, CAE H7 y el CAE HZ.

La segunda de las jornadas contó con la presencia de Fernando Miguel Salazar, jefe de la dependencia regional de Aduanas e Impuestos Especiales, quien explicó, sobre todo, las modificaciones sufridas por el artículo 27 del Reglamento de los impuestos especiales y que entrarán en vigor el 1 de julio de 2019.

A este respecto Salazar, entre otras cosas habló de que, con carácter previo a la expedición, el expedidor, debe cumplimentar, electrónicamente, y enviar a la AEAT, para su validación, un borrador de albarán, de circulación, donde figurarán la clase y cantidad de productos a suministrar por ese procedimiento, así como la identificación del expedidor, medio de transporte y fecha de inicio de la circulación, además de recordar que la oficina gestora de IIEE puede autorizar este procedimiento para el avituallamiento de combustibles y carburantes a embarcaciones y aeronaves.

Dos jornadas que suscitaron el interés de los asistentes y que tuvieron la oportunidad de solucionar todas sus dudas al respecto.