Multa de 96.000 euros a la cadena de gimnasios Supera por imponer el uso obligatorio de reconocimiento facial
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 96.000 euros a la cadena de gimnasios Supera, presente en Guadalajara, por implantar un sistema de reconocimiento facial obligatorio para acceder a sus instalaciones, sin contar con el consentimiento expreso de los usuarios.
La infracción fue denunciada en 2023 por la organización Facua-Consumidores en Acción, tras detectar que la empresa Sidecu S.A., propietaria de la cadena, utilizaba datos biométricos de los clientes como única vía de acceso. La AEPD ha considerado que este uso vulnera el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), al tratarse de datos personales de categoría especial, cuyo tratamiento está prohibido salvo excepciones muy concretas.
Aunque la sanción inicial ascendía a 160.000 euros, la empresa se ha beneficiado de una reducción del 40 % por reconocer su responsabilidad y abonar la multa de forma voluntaria.
La empresa, con sede en A Coruña, tiene 30 centros repartidos por 21 municipios como A Coruña, Alicante, Almería, Burgos, Chiclana de la Frontera, Estepona y Marbella, Guadalajara, León, Móstoles, Oviedo, Palencia, Parla, Rivas-Vaciamadrid, Talavera de la Reina, Valdemoro, Santander, Sevilla, Toledo, Valencia y Valladolid.