A partir de mañana el volumen de los trasvases al Segura estará condicionado al estado de las aguas del Tajo
La revisión del Plan de Cuenca del Tajo entra mañana en vigor. A partir de ese momento, a la hora de aprobar un trasvase, será prioritario comprobar que no perjudicará al equilibrio ambiental del río, que deberá llevar un caudal “ecológico” suficiente como para garantizar “el buen estado de la masas de agua”. FOTO: PLATAFORMA EN DEFENSA DEL TAJO
Todo este entramado se completa con la modificación de las reglas del trasvase, que vio luz el 27 de julio de 2021 y que implica un importante reducción de las derivaciones a Levante. Siempre con la vista puesta en “minimizar el riesgo de que el trasvase entre en situación de excepcionalidad hídrica y, en consecuencia, tenga que interrumpirse el aporte de caudales aguas abajo, como ha sucedido con frecuencia en los últimos años a medida que se agravan los efectos del cambio climático sobre el régimen de lluvias en nuestro país”, indican fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica.
Los embalses son una fuente, en principio, inagotable de agua para garantizar un caudal ecológico de los ríos. Pero cuando tienen la misión de trasvasar este líquido elemento a otras cuencas eso repercute, como sucede en el caso de las derivaciones al Segura, en una peor salud de las aguas, dada su función reguladora. Un pantano bien nutrido es garantía de salubridad. Un pantano medio vacío no puede proporcionarla.
La revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas cuentan con un “robusto marco jurídico”, se recalca en el texto suscrito por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico y cuyo Real Decreto entran hoy en vigor, con su publicación en el BOE. Cada una de sus disposiciones vienen reforzadas igualmente por una “notable jurisprudencia que se concreta en casi un centenar de sentencias dictadas por el Tribunal Supremo”, reza su introducción.
Este documento hace especial hincapié en la garantía de unos caudales ecológicos en el Tajo con la finalidad de garantizar la salud ecológica del río, lo que implicará necesariamente un aumento de la reservas en los embalses de la cabecera del Tajo Entrepeñas y Buendía. A partir de ahora, estos pantanos, además de servir como balsas de almacenamiento que se usan para los trasvases a Levante, tendrán una función más importante y prioritaria: la de regular los caudales del Tajo, atendiendo a la Directiva Marco del Agua de la UE.
“La necesaria compatibilidad del régimen de caudales ecológicos del plan del Tajo con el trasvase del Tajo-Segura aconseja una actualización de la normativa aplicable con el fin de que las decisiones sobre el trasvase se fundamenten en la misma, a la vista de lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura”, se explica en el RD.
Esto lo garantizará el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que aprobará anualmente mediante orden el denominado Programa especial de seguimiento del estado de las masas de agua y de la sostenibilidad de los aprovechamientos en el ámbito del Acueducto Tajo-Segura, así como el programa de medidas asociado. Ello implicará “el seguimiento de los caudales circulantes por el río Tajo entre la presa de Bolarque y el embalse de Valdecañas”, así como su compatibilidad con las derivaciones por el acueducto Tajo-Segura hacia las cuencas receptoras.
Por su parte, “los caudales desembalsados por las presas deberán ofrecer unas condiciones de calidad”.
Modificación de las reglas de explotación del trasvase
En julio de 2021 vio luz verde el Real Decreto que dicta que la cantidad mensual de hm3 trasvasables se establecerá en función de las existencias conjuntas de los embalses de Entrepeñas y Buendía a comienzos de cada mes, con un máximo anual total de 650 hm3 en cada año hidrológico (600 hm3 para el segura y 50 hm3 para el Guadiana) y de acuerdo con cuatro niveles que quedan establecidos en los siguientes parámetros:
Nivel 1: cuando las existencias sean iguales o mayores que 1.300 hm3 o cuando las aportaciones conjuntas entrantes a estos embalses en los últimos doce meses sean iguales o mayores que 1.400 hm3. En este caso el órgano competente autorizará un trasvase mensual de 60 hm3 , hasta el máximo anual.
Nivel 2: cuando las existencias conjuntas sean inferiores a los 1.300 hm3 (sin llegar a los volúmenes del nivel 3) y las aportaciones de los doce meses previos no lleguen a los 1.400 hm3. En ese caso, la Comisión Central de Explotación del ATS autorizará un desembalse mensual de 27 hm3 .
Nivel 3: si el agua almacenada en ambos embalses de cabecera no supera a comienzos de cada mes los valores (en hm3 ) de la siguiente tabla: Oct Nov Dic Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep 613 609 605 602 597 591 586 645 673 688 661 631 En este nivel, considerado de ‘situación hidrológica excepcional’, el órgano rector podrá autorizar discrecionalmente y de forma motivada una transferencia de hasta 20 hm3 /mes.
Nivel 4: cuando la cantidad de agua embalsada sea inferior a 400 hm3 , en cuyo caso no habrá cesión alguna.
Gráfico: Evolución de los pantanos de Entrepeñas y Buendía.
La principal modificación de la regla afecta al nivel 2, que hasta ahora fijaba en 38 hm3 /mes el posible aporte de agua desde la cabecera del Tajo cuando se dieran las condiciones establecidas. A partir de ahora, el desembalse será de 27 hm3 /m, lo que conllevará una mayor estabilidad al sistema y beneficios para todas las cuencas afectadas. La cedente, porque los embalses de Entrepeñas y Buendía dispondrán durante más tiempo de mayor volumen de agua almacenada, y las receptoras porque al racionar el agua que reciben mensualmente podrán mantener el flujo constante durante más tiempo sin interrupciones.
O lo que es lo mismo, recibirán menos agua al mes, pero un mayor número de meses que en la actualidad, de manera automática y siempre que se den las condiciones reguladas en el trasvase, lo que permitirá una mejor planificación para los usos de riego y otros.