El Colegio de Abogados, satisfecho por la anulación de la multa por conductas anticompetitivas

16/07/2019 - 17:29 E.P.

El decano del Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara, Emilio Vega, ha mostrado su "satisfacción" por la decisión de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremio (TS) de respaldar la anulación de una sanción de 30.000 euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por restricción de la competencia en los servicios de asistencia jurídica gratuita al considerar que no es conforme a derecho y que incurrió en conductas anticompetitivas.

Vega ha considerado que esta resolución judicial "corrobora en su totalidad el criterio y argumentos" defendidos por el Colegio de Abogados, según ha informado el propio colegio en nota d prensa.

El Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara argumentaba en su recurso, ante el que ha fallado a favor la sentencia del Supremo y previamente la Audiencia Nacional, que entendía que "la actuación del Colegio Profesional es pública y que no actúa como operador económico", por lo que no es "un mercado" sino una verdadera Administración pública encargada de la prestación de un servicio público ajena a la normativa de defensa de la competencia.

Asimismo, el recurso del órgano colegial recogía la diferencia entre la prestación de servicios profesionales por parte de los abogados, que han de prestarse en libre competencia, y la función propia del turno de oficio y de la asistencia jurídica gratuita, que es un servicio que cumple con una función social basada en el principio de solidaridad.

En este sentido, el órgano colegial explicaba que cuando los abogados prestan el servicio de turno de oficio no actúan en un mercado regido por la oferta y la demanda, sino que realizan un servicio público en las condiciones establecidas por el Estado.

Ante esta sentencia no cabe recurso ordinario alguno.