Las cuatro sentencias que dan la razón a C-LM frente a los trasvases a Levante

28/02/2023 - 10:59 M.A.M.

Son, en total cuatro, las reclamaciones judiciales presentadas en los últimos meses por el Gobierno de Murcia, Comunidad Valenciana, regantes y agricultores. Las dos últimas sentencias avalan las nuevas reglas del Trasvase, pronunciamientos que dejan claro que la región “tiene derecho al agua y que las reglas de explotación son injustas”, según señala el presidente regional, Emiliano García-Page.

La primera de ellas, procedente del Tribunal Supremo, desestima el recurso de la Generalitat Valenciana acerca de la modificación de la normativa del trasvase. La otra,  de la Audiencia Nacional, rechaza un recurso de la Región de Murcia contra la orden de noviembre de 2019 por la que se autorizaba una derivación desde los embalses de Entrepeñas y Buendía de 7,5 hectómetros cúbicos para consumo humano.

Page añade que pedirá al Gobierno central “que se anticipe lo antes posible” la aplicación de las nuevas reglas de explotación y que “no se agote el año de plazo” para llevar a cabo esa modificación. “Si no viene aquí el agua, aquí no hay industrias”, matiza.

Page reconoce que es “casi humillante” el hecho de “tener que ir al Tribunal Supremo a pedir el agua; me humilla que, en vez de que el agua nos lo den los técnicos de la Confederación, nos lo tenga que dar un juez”.

El jefe del Gobierno autonómico recuerda que en Castilla-La Mancha “ha habido cuatro años en los que no se recurrió nada y se le daba la razón al Levante”, en referencia a la legislatura gobernada por el Partido Popular.

Se trata de la cuarta vez que rechaza un recurso del Levante tras los del Gobierno de Murcia, SCRATS y ASAJA Alicante.

La modificación de las reglas del trasvase ha supuesto el ahorro de 66 hectómetros cúbicos de agua del río Tajo, según fuentes del Gobierno regional, que se han quedado en Castilla-La Mancha para su desarrollo. Según dichas normas, cuando los embalses de Entrepeñas y Buendía estén en nivel 2 se trasvasarán 27 hectómetros cúbicos, frente a los 38 que se enviaban anteriormente.

- En diciembre, el Tribunal Supremo desestimaba el recurso del Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (Scrats) contra la modificación de las reglas de explotación del Trasvase (Real Decreto 638/2021 de 27 de julio) y le condenaba a pagar las costas del proceso.

Cabe recordar que el Scrats demandó a la Administración General del Estado, a la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, a la Plataforma de Toledo en defensa del Tajo, a la Plataforma en defensa de los ríos Tajo y Alberche, al Grupo de Acción para el Medio Ambiente (Grama) y a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

En concreto, el Sindicato recurrió la modificación de la Regla de Explotación del Trasvase Tajo-Segura que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (Miteco) publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 27 de julio de 2021 mediante el RD 638/2021. Los regantes pedían su anulación por “no ser conforme a derecho”

- ASAJA ALICANTE también recurrió el nuevo RD alegando que la memoria realizada por el Ministerio para su justificación no era completa, no se habían tenido en cuenta otras alternativas de regulación y se debía esperar a la aprobación del nuevo Plan Hidrológico del Tajo,ya aprobado, y entonces, en tramitación. Por el contrario, el Alto Tribunal reconocía la modificación bien fundada en el informe del CEDEX y que no podía exigirse al Gobierno que espere a la aprobación del plan hidrológico del Tajo, ya que el momento de la entrada en vigor era una cuestión de oportunidad sobre la que no se dan razones para considerarla injustificada.