Requisitos a cumplir para recibir los 1.250 euros para autónomos y sociedades
La cuantía de la subvención depende del tipo de actividad que desarrolle la persona que trabaje por cuenta propia o en el marco de una sociedad.
La guerra que está enfrentando a Rusia con Ucrania, derivada de la invasión de la nación ucraniana ha derivado en un importante incremento que ha provocado que el Gobierno de España haya aprobado ayudas directas al sector del transporte.
En este sentido, en el Boletín Oficial del Estado se fija los conductores que pueden beneficiarse de ellas, las cuales ya se pueden solicitar. Estas ayudas están planteadas para autónomos y sociedades constituidas en España, y el plazo para hacerlo estará abierto hasta el 30 de abril.
Para beneficiarse de estas subvenciones, de hasta 1.250 euros, es necesario:
- Alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
- No formar parte del sector público y operar en el ámbito del transporte terrestre, tanto de mercancías como de pasajeros.
El Gobierno ha establecido qué trabajadores y qué empresas, en función de la actividad que realicen y de su código en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y el tipo de vehículo.
- Los taxis (código 4.932),
- Los transportistas terrestres de pasajeros (código 4.939)
- El transporte de mercancías por carretera (código 4.941).
- El servicio de transporte sanitario de personas (código 8.016).
La cuantías de las ayudas están establecidas según el tipo de vehículo, queda de la siguiente manera:
- Vehículos de mercancías pesados y camiones, 1.250 euros.
- Mercancías ligeros y furgonetas, 500 euros.
- Autobuses, 950 euros.
- Taxis, 300 euros.
- Vehículo alquiler con conductor o VTC, 300 euros.
- Ambulancias (VSE), 500 euros.