CON LAS MANOS EN LA MASA: El “ladrón de la gorra” detenido de nuevo

15/04/2023 - 15:53 FCV

Agentes del Cuerpo Nacional de Policía han vuelto a detener al “ladrón de la gorra” en las inmediaciones de un conocido restaurante de la ciudad, La Cava Baja, sito en las inmediaciones de la Plaza Moreno, tras haber actuado en el entorno de la Plaza de San Esteban y Cuesta de San Miguel.

Parece una broma.....pero nada más lejos de la realidad,  los hechos tienen lugar pocas horas después de que hubiera salido de Comisaría. Hasta el lugar de los hechos se desplazaron tres patrullas con el objeto de reducirle y volverlo a poner a disposición judicial.

El suceso tiene lugar pocas horas después de que hubiera salido de comisaría tan sólo 24 horas después de su anterior detención, acusado de robar en las cajas registradoras de cinco bares de Guadalajara, con descaro y en presencia de los clientes, en algunos casos, y de los propietarios, en otros, y aprovechando el descuido de estos.

Nueva Alcarria ha podido acceder a algunas grabaciones de cámaras de seguridad que ya han sido aportadas como prueba, tras la realización de las denuncias, en las que se aprecia perfectamente, en una de ellas, cómo el caco aprovecha que el dueño sale de la barra para sustraer el efectivo de la caja registradora.

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Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para dictaminar prisión provisional es necesario:

1) La existencia de hechos que tengan caracteres de delito.

2) Que estos delitos tengan señalada una pena igual o superior a dos años de prisión. O que siendo inferior se considere procedente la prisión provisional porque el acusado tenga antecedentes penales por delito doloso, así como que aparezcan motivos bastantes para creerle responsable de los hechos de los que está acusado.

3) Es necesario además  que la prisión provisional persiga alguno de los fines siguientes: asegurar la presencia del acusado en el proceso penal y evitar la ocultación; evitar la destrucción de pruebas y evitar que el acusado pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima. 

4) Cuando concurran el requisito consistente de haber ha cometido un hecho castigado con una pena igual o superior a dos años de prisión, se podrá acordar la prisión provisional para el acusado con el fin de evitar que cometa a otros hechos delictivos.

El delito de hurto, por tanto, realizado sin violencia o intimidación y en cantidad inferior a 400 euros es un delito leve cuya pena según lo previsto en el código penal  es de multa. Únicamente en el caso de que el responsable de un delito leve de hurto hubiera sido previamente condenado en sentencia firme por tres o más delitos de la misma naturaleza y cuando las cantidades acumuladas fueran superiores a 400 euros, se podría imponer una pena de prisión superior a seis meses.

EN 24 HORAS EN LA CALLE. Tras agredir a los agentes y con 10 delitos a sus espaldas