Pin y pon

24/01/2020 - 16:58 Silvia Valmaña

La reflexión que propongo es que seguimos utilizando la educación como arma arrojadiza, no para buscar la excelencia, esa excelencia individualizada que permita  que cada uno de los niños extraiga lo mejor de si mismo.

Me da  una pereza infinita hablar de lo que se ha convertido en uno de los temas candentes de la semana. Vivimos una situación que podría definirse como el desvergonzado manoseo de los principios y valores fundamentales de la constitución. Y esta semana ha tocado el pin.

En realidad el pin lleva medio curso académico instalado en una instrucción de la consejería de educación del gobierno de Murcia, traído a capítulo por una norma que es de lo que menos se despacha en normas. De poco ha valido el tiempo que ha pasado, lo que significa que o algunos no se enteran o, lo que es peor, sólo se enteran en el momento y forma en que sirve a sus intereses. Posiblemente estamos ante otra cortina de humo, porque lo del pin no da para mucho, ni para sus defensores ni para sus detractores. “Los hijos no son propiedad de sus padres”, la ministra Celaá dixit. Pero tampoco son propiedad del Estado, y menos aún de un gobierno. Pero lo que no puede negar es que existe el derecho y el deber de los padres de velar por sus hijos, de educar a sus hijos. El problema es que ésta no es una inocente obviedad de la ministra; es el alimento de la polémica que oscurece nombramientos, sentencias y reformas anunciadas. Y es, además, parte de un mantra que recuerda a tiempos pasados que no son mejores, como nos recuerda Jorge Manrique. 

Es llamativo que otro ministro socialista de instrucción pública en la II República también tuviera una idea sobre conceptos de propiedad y apoderamiento de los niños; decía LLopis que “hay que apoderarse del alma de los niños. Ese es el grito, el lenguaje pedagógico de la revolución rusa”.

Frente a esta propuesta de adoctrinamiento ideológico, nos queda la Ley, con mayúsculas. La Constitución establece en el artículo 27,3, como parte del  derecho a la educación el que tienen los padres a que sus hijos reciban la educación religiosa y moral conforme a sus propias creencias. Y como los todos derechos fundamentales y libertades públicas “de primera”, goza de un mecanismo prioritario y sumario de protección jurisdiccional, su propio procedimiento para garantizar el ejercicio de ese derecho. 

¿Es el pin parental el desarrollo normativo del precepto constitucional? Es posible. Y si alguien no está de acuerdo, las vías ordinarias de impugnación están abiertas. Pero es más fácil tenernos a todos hablando de un tema menor, porque es tan menor como queramos hacerlo. Unos y otros circunscribiendo la educación moral de los hijos a temas recurrentes, porque no conciben una moral que no sea la que ellos imponen, sus “perspectivas” y su particular visión del mundo. Entre la no discriminación y la adhesión inquebrantable hay un enorme trecho que no puede llenar por si solo el ministerio de igualdad. ¡Para no gustarles los dogmas, mira que son dogmáticos!

La reflexión que propongo es que seguimos utilizando la educación como arma arrojadiza, no para buscar la excelencia, esa excelencia individualizada que permita que cada uno de los niños extraiga lo mejor de sí mismo. No somos capaces de pactar para una educación que blinde su futuro y también nuestro como nación. No somos capaces, ni siquiera, de ponernos de acuerdo cuando describimos lo que el Tribunal Constitucional ha afirmado en relación con la interpretación de ese derecho a la educación.

Nos escandaliza que exista el pin parental, o que no exista, para impedir que los alumnos realicen actividades extracurriculares en el centro escolar, aprobadas por el centro escolar, pero impartidas por personas ajenas al centro escolar. Pero no nos escandaliza que ese permiso sea necesario para realizar actividades extraescolares fuera del centro educativo, esas que algunas familias deciden no hacer pero no por motivos morales o religiosos sino porque simplemente no pueden permitírselo.

Quizá por ahí deberían empezar los responsables ministeriales. Por ahí y por leer la jurisprudencia constitucional, que establece como derecho el de los padres a que sus hijos reciban una formación de acuerdo con sus principios morales. El derecho de verdad. Con o sin pin… y pon.