Más sobre el mecenazgo
El presidente de las Cortes de Castilla La Mancha, Pablo Bellido, sensible a este debate, me envía el texto que en su día aprobaron dichas Cortes sin ningún voto en contra –si bien PP y Cs se abstuvieron por no poder incluir un apartado que según los socialistas era de competencia estatal.
Dice el diccionario de la RAE que mecenas es la “persona que patrocina las letras o las artes”. Habla de “persona”, no institución o entidad pública, aunque bien pudiera incluirse “persona jurídica”. Pero tengo la sensación de que al utilizar solamente “persona”, se refiere más bien al ámbito privado o particular. El sentido de la definición concuerda con lo que pienso sobre la creatividad del artista, ha de ser independiente, sacudida de compromisos. Poco o mal puede transmitir el que se sienta condicionado por una “canonjía” del que le protege desde las instituciones o desde el poder político. El artista debe ser, ante todo, libre.
Consideradas las letras o las artes como bienes de interés cultural que otorgan personalidad y enriquecen a la sociedad y su patrimonio, es normal que el Estado vele por fomentar y proteger tales disciplinas. El fin es loable, pero el medio es el que está viciado. El que sean las administraciones públicas las que proporcionen ayudas directamente –el ejemplo más claro es el del mundo de la cinematografía, sin duda el más beneficiado-, genera una “contraprestación” ineludible por parte del beneficiado, perdiendo así su libertad creativa. Ese esfuerzo público habría que encauzarlo mediante beneficios fiscales a los que invirtieran en Arte, asociaciones privadas o particulares. De esa manera, se protegería la independencia del creativo y se premiaría la excelencia sin que existieran vínculos de agradecimiento como sucede ahora.
El presidente de las Cortes de Castilla La Mancha, Pablo Bellido, sensible a este debate, me envía el texto que en su día aprobaron dichas Cortes sin ningún voto en contra –si bien PP y Cs se abstuvieron por no poder incluir un apartado que según los socialistas era de competencia estatal. De cualquier forma se aprobó sin votos en contra siendo una de las leyes pioneras en la materia a nivel autonómico y nacional. Gran iniciativa.
La Ley de Mecenazgo de Castilla La Mancha, de diciembre de 2019, designan entre las entidades beneficiarias, además de las públicas, las entidades sin ánimo de lucro, universidades y las personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en Castilla-La Mancha. La efectividad de los donativos y aportaciones deducibles se justificará mediante certificación expedida por la entidad beneficiaria, con los requisitos que se establezcan reglamentariamente. Incluye igualmente un apartado en el que se definen las compatibilidades y requisitos para la aplicación de beneficios fiscales, lógicamente condicionados a determinadas normas. Reconoce igualmente créditos fiscales a favor de las personas donantes.
Son sólo unos rasgos de una ley que, por fin, regula la intervención, junto a la administración pública, de iniciativas privadas que favorezcan y estimulen el trabajo de los artistas.
Una vez más, la convivencia de lo público y lo privado no sólo nos es excluyente si no beneficiosamente complementaria. Y cuanta más libertad, más creatividad.