Un dique legal protege al Tajo frente a las presiones del Levante

07/06/2025 - 14:18 FCV

La guerra del agua sigue abierta. Trasvase sí, trasvase no. Este es el dilema. Sin embargo toda la jurisprudencia legal blinda los intereses de mantener un Tajo con vida. Para ello ha de reducirse radicalmente la cantidad de agua a trasvasar a Levante. 

Más de 90 alcaldes de municipios de Murcia, Almería y Alicante se han reunido en Murcia para mostrar su firme oposición a la reducción progresiva del trasvase Tajo-Segura prevista para 2027. Los presentes firmaron un manifiesto que rechaza las nuevas reglas de explotación presentadas por el Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco), que plantean recortes de hasta el 40% en las derivaciones de agua.

Los manifestantes rechazan categóricamente cualquier reducción, alertando sobre el riesgo para millones de ciudadanos y denunciando la falta de consenso, respaldo técnico y soluciones alternativas en los recortes. Acusan al Gobierno de modificar unilateralmente el marco regulatorio y de "deficiencias técnicas" en la planificación del Tajo, insistiendo en que han pagado 578 millones de euros y que "el agua no es un privilegio, es un derecho". Para ellos, la medida es un "hachazo" y la "mayor equivocación medioambiental en la historia de España", calificativos respaldados por Consellerias valencianas, el Gobierno murciano y la Junta de Andalucía, que ven la situación como un "castigo", "traición" y "golpe irrecuperable".

Sin embargo, la sobreexplotación del sistema ha tenido graves consecuencias en la cuenca cedente, donde el Tajo ha sufrido una drástica reducción de caudal y un serio deterioro ambiental, siendo insuficiente para neutralizar la contaminación de Madrid y llegando a prohibirse el baño en Toledo desde 1972. En la cuenca receptora, el crecimiento desmedido en riegos y desarrollos agrarios e inmobiliarios impulsado por la expectativa del trasvase, con exenciones y subvenciones que no cubren los costes reales según estudios de la UCLM, condujo al colapso ecológico del Mar Menor en 2016, 2019 y 2021, un modelo insostenible que ha derivado también en tramas de corrupción relacionadas con el agua y problemas de depreciación inmobiliaria y turística.

Frente a esta realidad, el Tribunal Supremo dictó la Sentencia núm. 515/2025 que refrenda la urgencia y legalidad de proteger el río Tajo, basándose en el derecho europeo y la Directiva Marco del Agua de la UE. La sentencia ordena garantizar los caudales ecológicos mínimos, con un agua suficiente para mantener el ecosistema tanto del cauce, como en su entorno, y anula el escalonamiento previsto para 2027 en el Plan Hidrológico del Tajo 2022-2027, reforzando la protección de las masas de agua en zonas protegidas como la Red Natura 2000. Además, exige la coordinación de la Confederación Hidrográfica con las comunidades autónomas para una gestión efectiva y sostenible. En consonancia con esta sentencia y las nuevas directrices basadas en el informe Cedex, la media histórica de 320 hm³ anuales para el trasvase bajaría a 248 hm³ en 2026 y a 193 hm³ en 2027. Para ello, se elevan los umbrales de los embalses de Entrepeñas y Buendía para declarar el Nivel 1 (pasando de 1.200 a 1.600 hm³), y se recortan los volúmenes automáticos en Nivel 2 (de 1.000 a 800 hm³) y Nivel 3 (de 800 a 600 hm³), buscando eliminar la discrecionalidad y favorecer la automatización del caudal ecológico.

No obstante, la sentencia del Tribunal Supremo apunta a que no se trata de un acto político ni de una medida arbitraria, sino de la aplicación estricta del derecho europeo. Esta resolución, basada en una sólida jurisprudencia, obliga a garantizar los caudales ecológicos y a respetar la normativa europea, enfrentando las protestas a una realidad jurídica que impacta directamente en las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura.

Esta sentencia se suma a las resoluciones del Supremo de 2019, que ya establecieron la obligación de cumplir con los objetivos medioambientales de la Directiva Marco del Agua para evitar la sobreexplotación y proteger las masas de agua. La resolución de 2025 refuerza esa línea, exigiendo incluir objetivos adicionales para las masas de agua en zonas protegidas, especialmente en la Red Natura 2000 de Madrid y Castilla-La Mancha, y ordena a la Confederación Hidrográfica coordinarse con las comunidades autónomas para garantizar una protección efectiva.

Para la cabecera del Tajo y Castilla-La Mancha, esta coherencia judicial es vital tras décadas de sobreexplotación que han llevado a Entrepeñas y Buendía a mínimos históricos. La supuesta “falta de respaldo técnico” alegada por los alcaldes del Levante choca con el soporte jurídico y científico que estas sentencias avalan. El Tribunal Supremo subraya que la planificación hidrológica debe cumplir con la Directiva Europea, incluidos los objetivos para áreas protegidas. El hecho de que se haya pagado por el agua trasvasada no puede justificar la cesión de un recurso cuya supervivencia está en juego.